La justicia europea confirma que el logotipo del murciélago de Batman es sólo de DC Comics
Batman: El Tribunal General de la Unión Europea ha ratificado que el distintivo del murciélago negro en un óvalo pertenece exclusivamente a DC Comics.
En una reciente decisión, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha ratificado que el distintivo del murciélago negro en un óvalo que caracteriza a Batman pertenece exclusivamente a DC Comics, el editor de renombre mundial.
La disputa se originó cuando la empresa italiana Commerciale Italiana Srl desafió el registro de la marca de Batman ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).
La empresa italiana argumentaba que el distintivo del murciélago negro no estaba exclusivamente asociado a DC Comics
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DC Comics, parte de Warner Bros Discovery, registró el logotipo de Batman en el año 1998 en la EUIPO, y más de dos décadas después, se enfrentó a la demanda de nulidad presentada por Commerciale Italiana Srl en 2019. La empresa italiana argumentaba que el distintivo del murciélago negro no estaba exclusivamente asociado a DC Comics y que los consumidores podrían relacionarlo con un origen distinto.
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Sin embargo, el Tribunal General respaldó la decisión de la EUIPO al desestimar la demanda de Commerciale Italiana Srl. En su fallo, el tribunal argumentó que las pruebas presentadas demostraron que los consumidores siempre asociaban el personaje de Batman con su editor, DC Comics, y no se pudo demostrar que existiera una asociación diferente en la mente de los consumidores.
La confirmación de la exclusividad del distintivo del murciélago negro en un óvalo para DC Comics es una victoria significativa para la compañía y su icónico superhéroe. Este logotipo, registrado hace más de dos décadas, es reconocido en todo el mundo como el símbolo distintivo de Batman y está estrechamente vinculado a la marca y al legado de DC Comics.
Se refuerza la protección de la propiedad intelectual
En cuanto al carácter distintivo, el tribunal con sede en Luxemburgo sostiene que “la mera circunstancia de que los consumidores asociasen la marca impugnada con un personaje de ficción, concretamente Batman, no permite excluir, por sí sola, que dicha marca también pueda indicar el origen de los productos controvertidos”, informó la corte en un comunicado.
El TGUE añade que “el personaje de Batman siempre se asoció con DC Comics” y que las pruebas presentadas por la sociedad Commerciale Italiana “no bastan para demostrar que no era así el día en que se presentó la solicitud de registro o que en esa fecha la marca se asociara con otro origen comercial”.
Con esta decisión, se refuerza la protección de la propiedad intelectual y se garantiza que los derechos de DC Comics sobre el logotipo de Batman se mantengan intactos en la Unión Europea. La resolución del Tribunal General destaca la importancia de la asociación entre un personaje y su editor, y respalda el reconocimiento y la identificación de los consumidores con la marca registrada.